1 de enero de 2022
1. FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION
2. BONIFICACIÓN DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI)
3. DEDUCCIONES DEL IMPUESTO DE LA RENTA IRPF
Los Fondos Europeos, servirán para subvencionar la implantación de energías renovables. Para instalaciones en casa de particulares a partir del 1 de julio de 2021, de autoconsumo (fotovoltaico con placas solares), almacenamiento (instalación de baterías en casa) y sistemas térmicos con energías renovables (aerotermia y panels solares térmicos), podrán solicitarse las subvenciones asociadas al plan de recuperación.
Los productos y servicios subvencionables recopilan TODOS y cada uno los productos y actividades asociadas a una instalación fotovoltaica. Por tanto, las subvenciones tienen una aplicación del 100% de todas las partidas de un presupuesto de una instalación de energía solar fotovoltaica, siendo, por tanto, muy atractivas para este tipo de sistemas: Equipos y materiales, Obra Civil, Equipos electromecánicos, Equipos de control y auxiliares, Sistemas de monitorización y gestión, Redacción de proyectos y memoria técnica, Dirección facultativa y también incluso, el coste de desmantelamiento de instalaciones existentes.
Estas ayudas serán organizadas por cada Comunidad Autónoma. En el caso de Catalunya se han definido los siguientes «incentivos» con las siguientes partidas económicas, todos relacionados con el autoconsumo y la eficiencia energética. Los beneficiarios son tanto particulares como comunidades de vecinos y empresas.
Para una instalación nueva fotovoltaica de autoconsumo en una casa particular (incentivo 4), la subvención será de 600 €/kWp (kilo Watio pico, la unidad que se utiliza para dimensionar una instalación solar fotovoltaica). Si a esta nueva instalación le incorporamos baterías, estas se también reciben una subvención extra que irá entre 140 a 490 €/kWh (kilo Watio Hora, la unidad que se utiliza para dimensionar las baterías).
Para incorporar baterías en una instalación fotovoltaica existente, la subvención será de entre 140 a 490 €/kWh.
Finalmente, para la instalación de una aerotermia, podremos optar por 500€/kW y hasta 3.000€ por vivienda.
Es importante tener en cuenta que las instalaciones deberán incluir un sistema de monitorización de la energía eléctrica producida y del consumo energético y con acceso vía smartphone. Además en los incentivos 1 a 3, deberá incluirse una pantalla en un lugar visible donde se visualicen los datos de producción energética renovable y consumos.
En efecto, desde hace algunos meses hay una implantación masiva en casi todos los Ayuntamientos de España de bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el famoso IBI. No es difícil encontrar bonificaciones del 50% del IBI durante 3, 5, 6, 7 o incluso 10 años. Este calibre en la bonificaciones del IBI representa que la instalación fotovoltaica sale, incluso en algunas ocasiones, casi gratuita.
No dudes en contactar con nosotros y consultarnos la bonificación de IBI de tu ciudad o municipio. De cualquier punto de España. Será un placer atenderte. Si estás pensando en instalarte placas fotovoltaicas a corto, medio o largo plazo, ¡ahora es el momento! Este tipo de bonificaciones, desde Solideo, creemos que no dudarán toda la vida (hablando de forma llana) y que, cuando las instalaciones fotovoltaicas tengan un implantación masiva o incluso pudieran llegar a ser obligatorias, los Ayuntamientos irán reduciendo, poco a poco (o de golpe) estas ayudas.
Si una instalación fotovoltaica puede costar, dependiendo del tamaño de la instalación, entre 4.500 a 6.000€, si estás pagando 1.000€ en IBI cada año. Una bonificación del 50% durante 3 años, representarán 1.500€. Y por, tanto, rebajarás el coste de tu instalación, a unos atractivos 3.000€ – 4.500€. Si la bonificación es de 5 años, pasaríamos a una orquilla de 2.000€ a 3.500€. A parte, tendrás un cobertura natural frente a las subidas del IBI durante varios años: como te habrás fijado, el impuesto del IBI tiende a subir cada año, en algunas ocasiones, de forma notable. Dejar de pagar parte este impuesto durante 3, 5 o 6 años, implica estar cubierto de las subidas del mismo.
Si llevas a cabo en tu vivienda habitual o cualquier otra de tu titularidad una actuación de mejora en donde se demuestra a que se ha reducido mínimo un 30% del indicador de consumo de energía primaria no renovable, acreditado mediante su correspondiente certificado de eficiencia energético. También podrás deducirte el mismo porcentaje si mejoras la eficiencia energética de tu casa al nivel A o B.
Esta deducción en la declaración de la renta a parece a raíz del Real Decreto 19/2021 de 5 de octubre referente a las medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación de las edificaciones en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia.
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